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Actos relativos al Estado Civil de las personas

A solicitud del interesado, el Consulado General de la República Argentina en Chicago podrá registrar en el Libro de Estado Civil de las Personas los siguientes documentos extranjeros emitidos por las autoridades competentes localizadas dentro de su jurisdicción:

a) Partida de nacimiento de hijos de padre o madre argentinos.
b) Partida de defunción de ciudadanos argentinos.
 

REQUISITOS:

- Presentar el documento original emitido por la autoridad competente con su correspondiente Apostilla de La Haya.

- Traducción de la partida extranjera.

- DNI formato tarjeta, actualizado con domicilio asentado dentro de nuestra jurisdicción y vigente del solicitante.

En todos los casos los nombres del ciudadano argentino que figura en la partida extranjera debe coincidir exactamente con los nombres que figuran en Documento Nacional de Identidad.

No se podrán registrar partidas donde el nombre del nacional argentino contenga iniciales o abreviaturas. En estos casos, el interesado deberá solicitar una enmienda al organismo local que emitió el documento.

ARANCEL:

U$S 40 dólares por cada 25 renglones del Acta de Registro correspondiente.

Homologación partidas de matrimonio o sentencias de divorcio celebrados fuera de Argentina

Debe acceder a la instancia Judicial a requerimiento de parte y puede ser realizada por letrado apoderado en Argentina.

El proceso sumario, ante juez civil, verifica los requisitos intrínsecos del acto y las formalidades extrínsecas del instrumento presentado. Conforme al Art Nº 77 de la ley 26.413 del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas “Podrán registrarse los certificados de matrimonios y sus sentencias que disuelvan el vínculo realizadas en otros países siempre que se ajusten a las disposiciones legales en vigor, tanto en lo que respecta  a sus formalidades extrínsecas como a su validez intrínseca”.

Requisitos:
- Representación letrada en la República Argentina.
- Acta de Matrimonio, debidamente Apostillada en EE.UU
- Traducción realizada por traductor público de la República Argentina.

Una vez finalizada la inscripción del matrimonio celebrado en el exterior en el Registro Civil de la República Argentina, los efectos civiles del mismo se hacen retroactivos a la fecha de celebración.

 

 

 

 

Fecha de actualización: 26/11/2025