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Actos relativos al Estado Civil de las personas

A solicitud del interesado, el Consulado General de la República Argentina en Chicago podrá registrar en el Libro de Estado Civil de las Personas los siguientes documentos extranjeros emitidos por las autoridades competentes localizadas dentro de su jurisdicción:

a) Partida de nacimiento de hijos de padre o madre argentinos.
b) Partida de defunción de ciudadanos argentinos.
c) Partida de matrimonio cuando uno o ambos cónyuges sean argentinos.
d) Sentencia de divorcio cuando uno o ambos cónyuges sean argentinos.

La inscripción consular de estos documentos NO produce efectos jurídicos en la República Argentina. Toda sentencia extranjera debe ser HOMOLOGADA ante tribunal argentino (este trámite es personal y se realiza únicamente en la Argentina).

 

REQUISITOS

- Presentar el documento original emitido por la autoridad competente con Apostilla de la Haya.

- DNI actualizado y vigente del solicitante (no se acepta documentación extranjera ni pasaporte para acreditar identidad).

En todos los casos los nombres que figuran en las partidas extranjeras deben coincidir exactamente con los documentos identificatorios de las personas mencionadas.

No se podrán inscribir nombres que contengan iniciales. En estos casos, el interesado deberá solicitar una enmienda al organismo local que emitió el documento.

 

ARANCEL

U$40 cada 25 renglones del Acta de Inscripción correspondiente.

 

 

 

 

Fecha de actualización: 29/06/2017